Pages

sábado, 31 de enero de 2009

Jurar es cosa seria


Por el p. Antonio Rivera, L.C.

El juramento es otra manera de honrar el nombre de Dios, ya que es poner a Dios como testigo de la verdad de lo que se dice o de la sinceridad de lo que se promete.

A veces es necesario que quien hace una declaración sobre lo que ha hecho, visto u oído, haya de reforzarla con un testimonio especial. En ocasiones muy importantes, sobre todo ante un tribunal, se puede invocar a Dios como testigo de la verdad de lo que se dice o promete: eso es hacer un juramento.

Fuera de estos casos no se debe jurar nunca, y hay que procurar que la convivencia humana se establezca con base en la veracidad y honradez. Cristo dijo: «Sea, pues, vuestro modo de hablar sí, sí, o no, no. Lo que exceda de esto, viene del Maligno» (Mateo 5, 37).

Modos de jurar

+ invocando a Dios expresamente, por ejemplo: «juro por Dios, por la Sangre de Cristo», etc.;

+ invocando el nombre de la Virgen o de algún santo;

+ nombrando alguna criatura en la que resplandezcan diversas perfecciones: por ejemplo, jurar por el Cielo, por la Iglesia, por la Cruz, etc.;

+ jurando sin hablar, poniendo la mano sobre los Evangelios, el Crucifijo, el altar, etc.

Condiciones para jurar

El juramento bien hecho es no sólo lícito, sino honroso a Dios, porque al hacerlo declaramos implícitamente que es infinitamente sabio, todopoderoso y justo. Para que esté bien hecho se requiere:

1) Jurar con verdad: afirmar sólo lo que es verdad y prometer sólo lo que se tiene intención de cumplir. Siempre hay grave irreverencia en poner a Dios como testigo de una mentira. En esto precisamente consiste el perjurio, que es pecado gravísimo que acarrea el castigo de Dios.

2) Jurar con justicia: afirmar o prometer sólo lo que está permitido y no es pecaminoso; es grave ofensa utilizar el nombre de Dios al jurar algo que no es lícito, por ejemplo, la venganza o el robo. Si el juramento tiene por objeto algo gravemente malo, el pecado es mortal.

3) Jurar con necesidad: sólo cuando es realmente importante que se nos crea, o cuando lo exige la autoridad eclesiástica o civil. No se puede jurar sin prudencia, sin moderación, o por cosas de poca importancia sin cometer un pecado venial que podría ser mortal, si hubiera escándalo o peligro de perjurio.

El juramento que hizo, por ejemplo, Herodes a Salomé fue vano o innecesario. Jurar por hábito ante cualquier tontería es un vicio que se ha de procurar desterrar, aunque de ordinario no pase de pecado venial.

No hay comentarios:

Publicar un comentario