sábado, 31 de enero de 2009
Jurar es cosa seria
Por el p. Antonio Rivera, L.C.
El juramento es otra manera de honrar el nombre de Dios, ya que es poner a Dios como testigo de la verdad de lo que se dice o de la sinceridad de lo que se promete.
A veces es necesario que quien hace una declaración sobre lo que ha hecho, visto u oído, haya de reforzarla con un testimonio especial. En ocasiones muy importantes, sobre todo ante un tribunal, se puede invocar a Dios como testigo de la verdad de lo que se dice o promete: eso es hacer un juramento.
Fuera de estos casos no se debe jurar nunca, y hay que procurar que la convivencia humana se establezca con base en la veracidad y honradez. Cristo dijo: «Sea, pues, vuestro modo de hablar sí, sí, o no, no. Lo que exceda de esto, viene del Maligno» (Mateo 5, 37).
Modos de jurar
+ invocando a Dios expresamente, por ejemplo: «juro por Dios, por la Sangre de Cristo», etc.;
+ invocando el nombre de la Virgen o de algún santo;
+ nombrando alguna criatura en la que resplandezcan diversas perfecciones: por ejemplo, jurar por el Cielo, por la Iglesia, por la Cruz, etc.;
+ jurando sin hablar, poniendo la mano sobre los Evangelios, el Crucifijo, el altar, etc.
Condiciones para jurar
El juramento bien hecho es no sólo lícito, sino honroso a Dios, porque al hacerlo declaramos implícitamente que es infinitamente sabio, todopoderoso y justo. Para que esté bien hecho se requiere:
1) Jurar con verdad: afirmar sólo lo que es verdad y prometer sólo lo que se tiene intención de cumplir. Siempre hay grave irreverencia en poner a Dios como testigo de una mentira. En esto precisamente consiste el perjurio, que es pecado gravísimo que acarrea el castigo de Dios.
2) Jurar con justicia: afirmar o prometer sólo lo que está permitido y no es pecaminoso; es grave ofensa utilizar el nombre de Dios al jurar algo que no es lícito, por ejemplo, la venganza o el robo. Si el juramento tiene por objeto algo gravemente malo, el pecado es mortal.
3) Jurar con necesidad: sólo cuando es realmente importante que se nos crea, o cuando lo exige la autoridad eclesiástica o civil. No se puede jurar sin prudencia, sin moderación, o por cosas de poca importancia sin cometer un pecado venial que podría ser mortal, si hubiera escándalo o peligro de perjurio.
El juramento que hizo, por ejemplo, Herodes a Salomé fue vano o innecesario. Jurar por hábito ante cualquier tontería es un vicio que se ha de procurar desterrar, aunque de ordinario no pase de pecado venial.
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